Preguntas Frecuentes
Seguros de auto
Los planes más comunes son 4:
AMPLIA VIP, AMPLIA, LIMITADA Y RESPONSABILIDAD CIVIL.
- Daños materiales
- Robo Total
- Responsabilidad Civil daños a terceros
- Asistencia vial
- Asistencia legal
- Gastos médicos ocupantes
- Robo total
- Responsabilidad Civil daños a terceros
- Asistencia legal
- Gastos médicos ocupantes
- Asistencia vial
- Responsabilidad civil daños a terceros
- Asistencia vial
- Asistencia legal
- Gastos médicos ocupantes
- Robo Parcial
- Responsabilidad civil Catastrofica
- Responsabilidad civil ocupantes
- Accidentes al conductor
- Reparaciona en agencia
- No pago de deducible en daños materiales
- No pago de deducible en robo total
- Ayuda para transporte
- Ayuda para llantas y rines
- Otros
Como su nombre lo dice, son los daños especificados en las condiciones generales de tu plan que pueda tener tu vehículo.
Esta cobertura brinda una indemnización a causa del robo completo del vehículo asegurado.
Los daños que se puedan ocasionar a un tercero, ya sea en sus bienes o su persona, incluyendo la indemnización a sus familiares en caso de muerte.
Ampara los gastos legales erogados por un siniestro hasta la suma asegurada estipulada en la carátula de la póliza.
Los gastos médicos derivados de alguna lesión corporal que pueda tener el/los ocupante/s del vehículo hasta la suma asegurada estipulada en la carátula de la póliza y esta se divide entre los afectados.
Los gastos erogados por el robo de autopartes del vehículo asegurado.
Los gastos erogados por haber ocasionado la muerte de un tercero en un siniestro.
Los gastos erogados por haber ocasionado la muerte de un ocupante del vehículo en un siniestro.
Los gastos erogados por alguna lesión corporal, pérdida de alguna extremidad o la vida del conductor del vehículo en un accidente automovilístico.
La compañía se encarga de enviar el vehículo a la agencia
de la marca para efectuar la reparación.
El asegurado no pagará ningún deducible por los gastos erogados por los daños materiales SOLO si estos fueron a causa de una colisión o vuelco del vehículo asegurado.
Esta cobertura exentará al asegurado del pago de deducible en caso de el robo total del vehículo asegurado.
Esta cobertura solo aplica en caso de una pérdida total. La compañía aseguradora se verá obligada a pagar los gastos que se generen mientras el asegurado no cuente con su vehículo, esto puede ser de dos maneras:
- Pagando junto con la indemnización del vehículo, la suma asegurada indicada en la carátula de la póliza para esta cobertura.
- Brindando el servicio de renta de un automóvil asignado para estos casos con un arrendador con convenio con la aseguradora, por un máximo de 15 dias naturales.
La compañía se obliga a amparar las pérdidas totales o daños materiales que sufran las llantas y/o rines del vehículo asegurado a consecuencia de accidentes de tránsito y/o impactos contra objetos durante la circulación del vehículo.
Es la participación económica que queda a cargo del Asegurado o Beneficiario en caso de ocurrir un siniestro y se establece para cada cobertura en la carátula de la póliza. Existen deducibles desde un 3% hasta un 30%.
El deducible corresponde al porcentaje establecido en la carátula de la póliza. El monto del deducible será el que resulte de aplicar el porcentaje determinado para esta cobertura, al Valor comercial a la fecha del siniestro, Valor factura o Valor convenido, según corresponda.
El monto del deducible corresponde al porcentaje establecido en la carátula de la póliza. El monto del deducible será el que resulte de aplicar el porcentaje para esta cobertura, al Valor comercial a la fecha del siniestro, Valor factura o Valor convenido, según corresponda.
Solo el INE del conductor habitual y la tarjeta de circulación.
En esta se encuentra un dato que es sumamente importante: EL NÚMERO DE SERIE VEHICULAR, con este podemos acceder a los datos del vehículo para hacer una cotización con las especificaciones correctas.
En caso de un siniestro, si el ajustador se percata que la carátula de la póliza no coincide con el auto al que se le está haciendo la valoración, podría a afectar en caso de una indemnización por Pérdida Total (si el auto que aparece en la carátula de la póliza tiene un valor de $200,000.00 mxn y el auto en realidad tiene un valor de $230,000.00 mxn, no seria posible indemnizar por esa cantidad y solo se indemnizaría por $200,000.00).
En el INE se encuentra el CÓDIGO POSTAL del domicilio del asegurado, la fecha de nacimiento y sexo.
Si bien no es en todas las aseguradoras, en algunas puede afectar la edad y sexo al costo de la póliza, ya que cada aseguradora tiene su propia estadística del rango de edad y sexo son más propensas a tener un siniestro.
El CÓDIGO POSTAL nos sirve ya que cada aseguradora tiene un índice de siniestralidad por zonas de cada uno de los vehículos que se pueden asegurar, es decir, que en una zona con código postal que tenga un índice de siniestralidad más alto, saldrá un poco más elevado el costo del seguro a diferencia de el mismo vehículo, pero en una zona con siniestralidad más baja.
Seguros médicos
Esencial, Amplio, Optimo y Completo.
- Gastos hospitalarios
- Honorarios médicos
- Auxiliares de diagnóstico
- Medicamentos
- Ambulancia
- Asistencia telefónica
- Asistencia en viaje
- Accidentes por prácticas deportivas
- Prótesis y aparatos ortopédicos
- Rehabilitaciones
- Tratamientos dentales
- Tratamientos reconstructivos y estéticos
- Complicaciones de gastos no cubiertos
- Procedimientos de vanguardia
- Recaídas por padecimientos preexistentes no declarados
- Homeopatía, quiropráctica y acupuntura
- Psiquiatra y psicólogo
- Emergencia en el extranjero
- Reducción de deducible por accidente.
Cubre los gastos erogados por un ingreso a un hospital de la red hospitalaria, los gastos pueden incluir:
- Cuarto privado estándar
- Cama extra (para un acompañante del asegurado)
- Estancia en terapia intensiva
- Sala de operaciones, recuperación y curaciones
- Renta de equipo de hospital.
Esta cobertura cubre los gastos erogados por un concepto de honorarios médicos de enfermera, quirúrgicos y por consulta dependiendo del tabulador medico contratado.
Estará cubierto los gastos originados por pruebas y análisis de laboratorio, gabinete o cualquier otro que esté medicamente justificado para el diagnóstico o tratamiento de padecimientos cubiertos y que sea prescrito por un médico.
Se cubrirán los gastos erogados por la adquisición de medicamentos dentro o fuera del hospital, SIEMPRE y cuando sean prescritos por un médico.
Esta cobertura contempla un servicio de ambulancia terrestre sin costo por asegurado y por vigencia, en caso de que el asegurado se vea imposibilitado a llegar por su propia cuenta al hospital.
Consiste en una atención vía telefónica disponible los 365 días del año durante las 24 horas del día en las que ofrecen:
- Orientación médica en casos de accidentes o enfermedades.
- Consulta médica para casos de padecimientos no graves.
- Referencia de consulta médica domiciliaria.
- Enlace y traslado en ambulancias terrestres vía reembolso siempre y cuando se requiera a causa de un padecimiento cubierto y rebase el deducible contratado.
- Asesoría administrativa de hospitales de red y red preferente, así como médicos
- Referencia sobre consultorios médicos, laboratorios de análisis, diagnóstico y patología, ópticas y farmacias.
Esta cobertura se encarga de dar una protección medica en viajes al extranjero, actúa con beneficios como:
- Transporte o repatriación en caso de lesiones corporales o enfermedad.
- Transporte o repatriación de los asegurados acompañantes
- Desplazamiento y hospedaje de un pariente del Asegurado.
- Asistencia médica por enfermedad o accidente del Asegurado en el extranjero
- Asistencia dental de emergencia.
- Prolongación del hospedaje del Asegurado en el extranjero por accidente.
- Transporte o repatriación del Asegurado fallecido y de los acompañantes asegurados
- Transmisión de mensajes urgentes.
Los gastos erogados por concepto de prótesis y aparatos ortopédicos, con una suma asegurada máxima que viene estipulada en la caratula de la póliza, siempre y cuando sean derivados de algún padecimiento cubierto y sea sometido a una segunda valoración médica.
Se cubrirán los gastos erogados a partir de la recuperación de un padecimiento cubierto, siempre y cuando sea una atención proporcionada por personal e instituciones especializadas, que el tratamiento sea prescrito por un médico y que este mismo sea durante la vigencia de la póliza.
Los gastos amparados por esta cobertura son:
- Consulta dental para fines diagnósticos a causa de accidente o enfermedad.
- Los siguientes procedimientos siempre y cuando se siga un fin correctivo:
- Radiología.
- Operatoria Dental (amalgamas y/o resinas).
- Endodoncias.
- Cirugía dental.
- Remoción de terceros molares.
- Periodoncia y Prostodoncia.
- Prótesis.
Cubre los gastos erogados por concepto de cirugía de reconstrucción o estética, siempre y cuando estos sean derivados de un padecimiento cubierto.
Cubre los gastos erogados por una EMERGENCIA en los siguientes tratamientos:
- Tratamientos médicos o quirúrgicos de carácter estético o plástico.
- Tratamientos médicos o quirúrgicos para la obesidad, anorexia y bulimia.
- Tratamientos médicos o quirúrgicos para evitar o corregir la calvicie.
- Tratamientos médicos o quirúrgicos para el control de la infertilidad, esterilidad, control natal, impotencia sexual o disfunción eréctil.
- Tratamientos médicos o quirúrgicos dentales, alveolares o gingivales y maxilares a consecuencia directa de un accidente no cubierto o como complicaciones de una enfermedad no cubierta.
Cubre los gastos erogados por aquel procedimiento o tratamiento que utiliza técnicas avanzadas en el ámbito médico al igual que el uso de medicamentos y estudios de diagnóstico.
Se cubrirán los gastos originados por conceptos por atención de homeopatía y acupuntura, siempre y cuando se realicen por un médico acupunturista y/o homeópata, los tratamientos cubiertos estén enfocados únicamente a la curación de alteraciones musculares, óseas y articulares.
Esta cobertura ampara los gastos erogados por atención de daño psiquiátrico o psicológico, ansiedad y depresión, siempre que:
- El médico tratante presente el diagnóstico.
- Un médico psiquiatra o psicólogo confirme dicho diagnóstico.
- Ambos cuenten con los documentos oficiales que los acrediten (título, cédula profesional y cédula de especialidad).
- La atención se requiera a consecuencia de un padecimiento o accidente cubierto.
- La atención se podrá realizar de forma paralela con tratamientos médicos y quirúrgicos.
Ampara los gastos originados por alguna EMERGENCIA médica en el extranjero, hasta la suma asegurada contratada para esta cobertura o pasados 90 días a partir del primer gasto erogado.
Esta cobertura reduce el deducible contratado para la cobertura básica en un monto estipulado en la caratula de la póliza quedando el resto del pago a cargo del asegurado.
La red hospitalaria es la lista de hospitales, clínicas, etc. Que tienen convenio para trabajar con la empresa aseguradora, el asegurado puede acudir a cualquiera de ellas siempre y cuando estén dentro de su plan.
Es una lista detallada de procedimientos médico-quirúrgicos en donde se especifica el monto máximo a pagar por cada uno de ellos, esto de acuerdo al plan contratado, esta cobertura solo aplica con padecimientos cubiertos.
Se refiere al tiempo continuo e ininterrumpido que debe transcurrir a partir de la fecha de inicio de vigencia de la póliza antes de considerar cubiertos los GASTOS MÉDICOS CON PERÍODO DE ESPERA.
Es la participación económica que queda a cargo del Asegurado o Beneficiario en caso de ocurrir un siniestro y está establecido en la caratula de la póliza.
Es la participación económica que hace el asegurado después de descontado el deducible, este viene establecido en la caratula de la póliza.
Es un aumento adicional que se agrega al costo de tu seguro, esto originado de alguna complicación como la práctica de un deporte extremo, dedicarse a un trabajo “peligroso”, etc.
El tope de coaseguro es la cifra MÁXIMA con la que podrá participar el asegurado por cada vigencia de la póliza, esta cifra viene establecida en la caratula de la póliza.
Un seguro de gastos médicos mayores es para hacer frente a enfermedades y/o accidentes más complejos y de un costo mayor a diferencia de un seguro de gastos médicos menores donde se atienden padecimientos y enfermedades de menor riesgo.
Sí, siempre y cuando no pase más de 30 días naturales entre la cancelación de la póliza anterior y la contratación de la nueva póliza.
No es posible cubrir el parto ni los gastos erogados por el nacimiento, ya que para que esto pudiera ser posible se debe contar con un periodo de espera de 10 meses.
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